Ir al contenido principal

Milena Passos: “Seguimos bailando nuestra revolución: Despenalización parcial del aborto en Colombia”

 

Desde ayer estamos de fiesta. Una de las principales reivindicaciones del movimiento feminista se hizo realidad en Colombia.  De realizarse hasta la semana 24 de gestación el aborto deja de ser un delito en Colombia, el tiempo más largo en Latinoamérica. La decisión fue tomada por la Corte Constitucional con una votación 5-4 gracias a la acción de constitucionalidad que presentó el Movimiento Causa Justa, organización compuesta por más de 90 colectivas de mujeres que exigen eliminar por completo el delito del código penal.

¿Cómo era antes?

El código penal colombiano (ley 599 de 2000) contempla el delito de aborto en su articulo 122 con una pena de dieciséis a cincuenta y cuatro meses de prisión a la mujer que se causare su aborto o permitiera que otro se lo cause.  Aunque desde el 2006 por medio de la sentencia C- 355 las mujeres tienen el derecho a interrumpir voluntariamente su embarazo en tres causales:  Cuando peligra la vida o la salud de la madre, cuando se presenta malformación del feto incompatible con la vida y cuando el embarazo es producto de abuso, violación, incesto, transferencia de óvulo o inseminación no consentida.  Todavía el aborto era criminalizado y en muchas ocasiones negado por los centros de salud.

La condición de ilegalidad de la practica restringe el ejercicio del derecho; condicionando la voluntad de las mujeres a la determinación que el centro de salud tome al respecto. Para no verse en la difícil situación de explicar, a instituciones en muchas ocasiones conservadoras, cómo un embarazo no deseado afecta su salud física y mental, muchas mujeres se niegan a acudir a un centro de salud, prefiriendo recurrir a lugares clandestinos. En definitiva, mantener la criminalización del aborto aleja a las mujeres del sistema de salud y las conduce a tomar métodos o clínicas ilegales que ponen en peligro su vida.

¿Qué se logró?

La corte consideró inconstitucional el aborto hasta la semana 24 y luego de estas semanas siguen operando las 3 causales que recoge la sentencia C 355 de 2006. Después de México y Argentina, Colombia es el tercer país en tomar una decisión de este tipo, y es, además, el país latinoamericano que contempla el mayor tiempo de protección a las mujeres en estado de gestación que deciden interrumpir su embarazo.

Este gran logro es el resultado de un enorme trabajo colectivo de mujeres a largo y ancho y del país. Según el informe de la Mesa por la Vida y la Salud de las mujeres en Colombia cerca de 400.000 abortos se realizan anualmente de los cuales menos del 10% son llevados a cabo en instituciones legales, haciendo de la ilegal interrupción voluntaria del embarazo la cuarta causa mortalidad materna; además, cerca de 400 mujeres son juzgadas cada año por abortar.

El fallo constituye un gran avance en garantías para las mujeres que se encuentren vinculadas a un proceso penal por el delito de aborto, pues deberán ser desvinculadas de estas investigaciones o su condena revocada. Tratándose de materia penal, se aplica el art 29 constitucional de favorabilidad penal.

¿Por qué seguiremos luchando?

El aborto no es un delito:

La Corte no eliminó el delito de aborto del código penal, de modo que la discusión sigue estando parcialmente en el orden de lo punitivo. Lo que continúa reforzando la estigmatización sobre las mujeres que ejercen su derecho constitucional a decidir.

De acuerdo con las declaraciones de Ana Cristina Gonzales, medica vocera de Causa Justa, uno de los principales argumentos para exigir la despenalización del aborto fue la penalización como ultimo recurso o la última ratio: “Cuando se establece un delito, la sociedad espera que el / la actora se resarza ante la sociedad, la pregunta es ¿qué espera la sociedad que las mujeres le devuelvan al interrumpir un embarazo?, ¿la promesa de la maternidad? ¿la maternidad obligada? ¿el embarazo no deseado?”; se trata de una tipificación contraproducente y discriminatoria, puesto que no impide que las mujeres que han decidido abortar lo hagan. Por el contrario, la tipificación del aborto las pone en peligro al recurrir a métodos en contextos de ilegalidad, sin olvidar que quienes resultan mas afectadas son las mujeres jóvenes, con escasos recursos y de zonas rurales o apartadas de los centros urbanos.

Será ley, ¡seguimos luchando!

Según una nota de prensa, la Corte exhortó al Gobierno y al Congreso para que, “sin perjuicio del cumplimiento inmediato de la decisión”, implemente las medidas necesarias para proteger este derecho constitucional de las mujeres, a través de la implementación de una política pública integral que incluya:

 (i) La divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo.

(ii) La eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia.

(iii) La existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación.

(iv) El desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas.

(v) Medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras.

(vi) Medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar.

Frente a un Congreso -en la actualidad conformado por mayorías conservadoras- este escenario implica fortalecer los espacios de movilización popular feminista que defiendan las conquistas obtenidas. Muestra de este gran desafío son las propuestas del presidente del Congreso, el senador conservador Juan Diego Gómez, quien no espero un solo día para con basto desatino sugerir “discutir un referendo para que sea la ciudadanía la que se pronuncie sobre si está o no está de acuerdo con la despenalización total de esta práctica”, olvidando completamente el principio constitucional que dicta que los derechos fundamentales no pueden bajo ninguna circunstancia someterse al voto de las mayorías.

Pese a esta protección constitucional, y el amparo de la Corte, el movimiento feminista es consciente de quienes somos las actoras de estas conquistas. Hace años lo sabemos “bastará una crisis política, económica o religiosa para que los derechos de las mujeres vuelvan a ser cuestionados y por ello no bajamos la guardia.

¡Alerta que camina la lucha feminista por América Latina!

______________________________

Sobre la autora: Milena Passos Blanco, colombiana activista feminista. Abogada de la Universidad de Nariño, Especialista en Políticas Públicas para la promoción de la Igualdad en América Latina y el Caribe, becaria de la Maestría de Investigación en Derecho de la Universidad Andina Simón Bolívar (Ecuador) y de la Maestría en Derechos Humanos de la Universidad Autónoma San Luis Potosí (México). Investigadora activa del Grupo Especializado de Conocimiento en Derechos Humanos y Cultura de Paz de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Luciana Santillán: "¿Feminismos posfascistas?"

  El título de este escrito suena fuerte, ¿verdad?, pero antes de que saquen las antorchas déjenme contarles por qué algunxs investigadorxs de los movimientos anti-género están nombrando a cierto sector del feminismo de esta manera. Para entender cómo hemos llegado a este punto acudamos a la metáfora oceánica de las olas del feminismo, pues nos facilitará contextualizarnos al respecto. Después de la lucha sufragista, algunas mujeres [1] irrumpieron en el ámbito público, sin embargo al poco tiempo notaron que su inserción social no estaba en igualdad de condiciones con los hombres, es ante el descontento de estas mujeres que exponentes como Betty Friedan [2] y Simone de Beauvoir [3] con su tan citada frase: “no se nace mujer, se llega a serlo”, pusieron sobre la mesa el debate acerca de que la biología no es destino, que “la mujer” como una ontología metafísica, como una esencia inmutable, simplemente no existe, sino que se va construyendo a razón de convenciones sociales que r...

Eric Erazo Arteaga: "Crítica al Decreto 707 sobre la tenencia de armas"

  El presidente Guillermo Lasso emitió una cadena nacional el 1 de abril del 2023 informando a la ciudadanía sobre la emisión y el supuesto contenido del decreto ejecutivo 707 de la misma fecha. Este decreto ejecutivo se refiere a las nuevas condiciones, menos rigurosas, para el uso y porte de armas para civiles y prácticamente establecer las responsabilidades de   Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado en relación a la fabricación, importación y venta de armas de fuego. Este cambio de las normas jurídicas requiere entender de que la realidad social y política son parte de las fuentes materiales del derecho. Es decir, que la situación histórica, social, cultural y económica modifica el mundo del derecho creando, modificando o sufrimiento normas jurídicas [1] . Por lo tanto, en primer lugar, tenemos que tener en cuenta el contexto que vive el Ecuador para que haya nacido este decreto ejecutivo y, posterior al mismo, analizar su contenido y plantearnos consecu...

Ernesto Flores Sierra: "La reconstrucción del movimiento comunista y revolucionario es la tendencia principal"

La falsa oposición entre la derecha y la izquierda del sistema debe ser combatida. Ambas apuestas lo único que buscan es la conservación del sistema capitalista. Por un lado la derecha que plantea abiertamente la defensa del capitalismo, y por otro lado la izquierda del sistema que plantea reformas al mismo sistema sin apostar por su superación. En este segundo grupo se encuentran los progresismos, la lucha posmoderna, e inclusive las organizaciones de izquierda que no rompen los marcos del sistema capitalista.  El lamentable resultado de enterrar el “Paro Nacional” en las mesas de diálogo debería llevarnos a preguntarnos si realmente es una alternativa para el pueblo apostar por una lucha social que termine negociando sobre la sangre de los muertos para obtener miserables migajas de la mesa de la burguesía. La respuesta sin duda es negativa. El pueblo no debe ser la carne de cañón de los negociadores, no vale la pena luchar para obtener caridad de la clase dominante. Valga menci...